Aviso de publicidad vs Permiso de publicidad en Cofepris

Aviso de publicidad vs Permiso de publicidad en Cofepris

Aviso de publicidad y permiso de publicidad para conferís en Ciudad de México

La importancia de la regulación en la publicidad médica

En el dinámico mundo de la salud, la publicidad juega un papel crucial para informar y conectar con los pacientes. Sin embargo, este ámbito también requiere de una regulación cuidadosa para garantizar la veracidad, seguridad y ética de la información que se transmite.
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) juega un rol fundamental en este sentido, estableciendo lineamientos específicos para la publicidad de productos y servicios relacionados con la salud.

En este artículo, exploraremos a fondo dos mecanismos esenciales para navegar con seguridad por las aguas de la publicidad médica: el Aviso de Publicidad COFEPRIS y el Permiso de Publicidad. Te guiaremos a través de sus características, beneficios, diferencias y costos aproximados, para que puedas tomar decisiones informadas y cumplir con las obligaciones legales.

2. Aviso de Publicidad: Un paso esencial para la publicidad básica

2.1. ¿Qué es el Aviso de Publicidad?

El Aviso de Publicidad es un trámite ante COFEPRIS que te permite difundir información básica sobre tus servicios médicos, actividades profesionales, técnicas o auxiliares, así como sobre productos de belleza, aseo y ciertos alimentos y bebidas.

2.2. ¿Quiénes necesitan el Aviso de Publicidad?

Este trámite es obligatorio para:

  • Profesionales de la salud: Médicos, enfermeras, dentistas, psicólogos, nutriólogos, fisioterapeutas, entre otros.
  • Empresas que comercializan: Productos de belleza y aseo, alimentos y bebidas no alcohólicas, suplementos alimenticios, dispositivos médicos de bajo riesgo, y algunos medicamentos de venta libre.

2.3. ¿Qué se puede publicitar con el Aviso de Publicidad?

El Aviso de Publicidad te permite difundir información como:

  • Nombre y datos de contacto del profesional o empresa.
  • Formación académica y experiencia del profesional.
  • Descripción de los servicios o productos ofrecidos.
  • Horarios de atención.
  • Ubicación del consultorio o establecimiento.
  • Promociones o descuentos generales.

Es importante destacar que no se puede publicitar:

  • Precios o tarifas específicas de los servicios o productos.
  • Testimonios o fotos de pacientes.
  • Afirmaciones sobre la eficacia o seguridad de los productos o servicios sin respaldo científico.
  • Comparaciones con otros profesionales o productos.

2.4. Requisitos para obtener el Aviso de Publicidad (continuación)

  • Formato de Aviso de Publicidad debidamente llenado.
  • Copia del título profesional o cédula profesional.
  • Comprobante de domicilio del consultorio o establecimiento.
  • Fotocopia de la identificación oficial del profesional o representante legal de la empresa.
  • En caso de publicidad de productos: documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos sanitarios aplicables.

Es importante mencionar que los requisitos específicos pueden variar dependiendo de la actividad o producto a publicitar. Se recomienda consultar a COFEPRIS o a un especialista en la materia para obtener información actualizada.

2.5. Beneficios del Aviso de Publicidad

Obtener el Aviso de Publicidad te brinda diversos beneficios, como:

  • Cumplimiento legal: Te permite difundir información sobre tus servicios o productos de forma segura y apegada a la normativa de COFEPRIS.
  • Credibilidad y confianza: Demuestra a tus pacientes o clientes tu compromiso con la transparencia y el cumplimiento de las regulaciones sanitarias.
  • Fortalecimiento de tu imagen: Te posiciona como un profesional o empresa responsable y confiable en el sector salud.
  • Prevención de multas: Evita sanciones económicas por incumplir con las obligaciones legales en materia de publicidad.

2.6. Costos aproximados del Aviso de Publicidad

Aviso publicitario, actividades profesionales, técnicas, auxiliares y especialidades

Aviso de Publicidad, que una persona física, da a la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), mediante el cual informa sobre el servicio de atención médica que ofrece, ejemplo: médicos, dentistas, enfermeras(os), etc.

Documentos necesarios

Documento requeridoPresentación
El número de la licencia sanitaria o aviso de funcionamiento, en su casoOriginal y Copia

Nota:

1. Es necesario que como anexo al trámite de Aviso de Publicidad, incluyan copia de: Título Profesional, cédula profesional, cédula de sub-especialidad, cursos, diplomados y/o certificaciones; que acrediten al profesional de la salud, para llevar a cabo el servicio que ofrece.

2. Todos los documentos que acompañen a las solicitudes deberán presentarse en español, o en caso contrario, deberá adjuntarse a los mismos su respectiva traducción al español, avalada con la firma del responsable sanitario. Los documentos expedidos por autoridades de otros países deberán estar apostillados o legalizados y traducidos por perito traductor (Art. 153 del Reglamento de Insumos para la Salud). 

3. Conforme se establece en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el promovente deberá adjuntar a su escrito los documentos que acrediten su personalidad, y de ser el caso el nombre de la persona o personas autorizadas para recibir notificaciones. 

En lugar de los documentos que acrediten su personalidad jurídica, también podrá indicar el número de Registro Único de Personas Acreditadas (RUPA) de los representantes legales. Así mismo el escrito deberá estar firmado por el interesado o su representante legal, o en su caso de trámites electrónicos deberá ser firmado con firma electrónica (e.firma).

Para realizar el RUPA ingrese a la siguiente liga. (Obtención del RUPA) 

Si requiere obtener su e.firma como nueva ingrese al siguiente liga. (Obtener e.firma) 

Si requiere renovar su e.firma ingrese a la siguiente liga. (Renovación de e.firma) 

Costos

ConceptoMonto
Trámite Gratuito

Opciones para realizar tu trámite

Presencial: Oklahoma No. 14, Nápoles, Benito Juárez, Código Postal 03810, Ciudad de México, el trámite se atiende con previa cita (por Internet o Centro de Atención Telefónica al 01 800 033 50 50).

Para dudas en relación al llenado de formato o requisitos: Acudir al Centro Integral de Servicios al área del Módulo de Información o llamar al Centro de Atención Telefónica de la COFEPRIS al 01 800 033 50 50.

Horario de atención de lunes a viernes:

  • Para ingreso de trámites con previa cita 08:30 a 14:00 horas y 16:00 a 18:00 horas.
  • Para módulo de informes de 08:30 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas.
  • Para entrega de resolución de trámites sin cita: 08:30 a 14:00 horas o con previa cita de 16:00 a 18:00 horas.

Si usted se encuentra en el interior de la República, podrá ingresar su trámite en los Centros Integrales de Servicios o ventanillas de atención al público de las Comisiones Estatales para la Protección contra Riesgos Sanitarios u oficinas de regulación sanitaria de cada entidad. Con base en cada uno de los acuerdos de coordinación que existen entre las entidades Federativas y COFEPRIS. 

Consulta los Centros Integrales de COFEPRIS aquí

Servicio de mensajería: Puedes hacernos llegar tu trámite vía mensajería de tu preferencia al Centro Integral de Servicios de la COFEPRIS, y adjuntar una guía prepagada de mensajería para el envío de la respuesta. El teléfono para corroborar el número de ingreso y seguimiento de su solicitud es 01 (800) 420 42 24.

3. Permiso de Publicidad: Desbloqueando el potencial de tu estrategia de marketing

3.1. ¿Qué es el Permiso de Publicidad?

El Permiso de Publicidad es un trámite más completo que te permite realizar campañas publicitarias más amplias y estratégicas para tus servicios o productos relacionados con la salud. A diferencia del Aviso de Publicidad, este permiso te permite:

  • Difundir información más detallada sobre tus servicios o productos.
  • Utilizar diversos medios de comunicación: televisión, radio, prensa escrita, internet, redes sociales, etc.
  • Realizar publicidad comparativa con otros profesionales o productos.
  • Incluir testimonios o fotos de pacientes con su consentimiento.
  • Promociones o descuentos específicos.

3.2. ¿Quiénes necesitan el Permiso de Publicidad?

El Permiso de Publicidad es obligatorio para:

  • Profesionales de la salud que deseen realizar campañas publicitarias más amplias.
  • Empresas que comercializan: Medicamentos de venta libre, dispositivos médicos de alto riesgo, productos de belleza y aseo con claims terapéuticos, alimentos funcionales, y suplementos alimenticios con claims terapéuticos.

3.3. ¿Qué se puede publicitar con el Permiso de Publicidad?

El Permiso de Publicidad te permite difundir información como:

  • Descripción detallada de los servicios o productos, incluyendo sus beneficios, contraindicaciones y efectos secundarios.
  • Precios o tarifas específicas.
  • Testimonios o fotos de pacientes con su consentimiento.
  • Comparaciones con otros profesionales o productos.
  • Promociones o descuentos específicos.

3.4. Requisitos para obtener el Permiso de Publicidad

Los requisitos para obtener el Permiso de Publicidad son más extensos que los del Aviso de Publicidad e incluyen:

  • Formato de Solicitud de Permiso de Publicidad debidamente llenado.
  • Documentación que acredite la veracidad de la información a publicitar: estudios científicos, pruebas de laboratorio, etc.
  • Material publicitario que se pretende difundir.
  • En caso de publicidad de productos: documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos sanitarios aplicables.
  • Pago de derechos.

Es importante mencionar que los requisitos específicos pueden variar dependiendo del tipo de publicidad y del producto o servicio a promocionar. Se recomienda consultar a COFEPRIS o a un especialista en la materia para obtener información actualizada.

3.5. Beneficios del Permiso de Publicidad

  • Fortalecimiento de tu marca: Te posiciona como un profesional o empresa líder en el sector salud, transmitiendo confianza y credibilidad a tus pacientes o clientes.

3.6. Costos aproximados del Permiso de Publicidad

Los costos del Permiso de Publicidad son considerablemente más altos que los del Aviso de Publicidad, y pueden variar dependiendo de la complejidad del trámite, el tipo de publicidad y el material publicitario a presentar. Se estima un costo aproximado entre $5,000 y $15,000 pesos.

4. Diferencias clave entre Aviso y Permiso de Publicidad

CaracterísticaAviso de PublicidadPermiso de Publicidad
Información a difundirBásicaDetallada
Medios de comunicaciónLimitadosAmplios
Publicidad comparativaNo permitidaPermitida
Testimonios o fotos de pacientesNo permitidosPermitidos con consentimiento
Promociones o descuentosGeneralesEspecíficos
RequisitosSencillosExtensos
Costo aproximado$1,500 – $3,000 pesos$5,000 – $15,000 pesos

5. Multas por incumplimiento: Navegando con precaución

Es importante tener en cuenta que el incumplimiento de las normas de publicidad médica ante COFEPRIS puede acarrear multas considerables, que van desde $2,000 hasta $2,000,000 pesos.

Las multas pueden aumentar en caso de reincidencia o si se considera que la publicidad es engañosa o lesiva para la salud pública.

6. Agencia de Marketing Médico: Tu aliado en la gestión de Avisos y Permisos de Publicidad

En Agencia de Marketing Médico, somos un equipo de profesionales expertos en la gestión de Avisos y Permisos de Publicidad ante COFEPRIS. Te ofrecemos:

6.1. Nuestra experiencia y compromiso

Contamos con una amplia experiencia en el ámbito legal y sanitario, lo que nos permite brindarte un servicio integral y personalizado.

6.2. Servicios integrales para tu tranquilidad

Te acompañamos en todo el proceso, desde la evaluación de tu caso hasta la obtención del Aviso o Permiso de Publicidad, garantizando el cumplimiento de todas las normativas.

6.3. Contáctanos hoy mismo

Agenda una consulta gratuita y descubre cómo podemos ayudarte a navegar con seguridad por las aguas de la publicidad médica.